¿Quienes somos?

Conoce más sobre nosotros

Las APP (Asociaciones público Privadas) se producen cuando una o más empresa privadas financian, construyen y gestionan un servicio público o una infraestructura que permita brindar algún servicio público y a su vez esta recupera su inversión a lo largo de varios años. La promotora Hospital de Bosa esta diseñada para contratar bajo esta modalidad para el diseño, financiación, construcción, dotación, operación reposición, mantenimiento y reversión de equipos de la infraestructura hospitalaria del Hospital de Bosa.

Misión

La misión de la Sociedad Promotora Hospital de Bosa, es dar cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato de APP 0002 de 2020, en el marco de las obligaciones programáticas, técnicas, económicas, y financieras allí definidas, garantizando en cumplimiento del mismo, la satisfacción de los usuarios del Hospital de Bosa, de la Secretaria Distrital De Salud – FFDS Bogotá D.C, de los accionistas y del equipo humano de la Sociedad.

Visión

Posicionar a la Sociedad Promotora Hospital de Bosa, en la ejecución de infraestructura hospitalaria, dentro de los más altos estándares de calidad en el diseño, financiación, construcción, dotación, operación, reposición, mantenimiento y reversión de los equipos y de la infraestructura hospitalaria objeto del Contrato de APP 0002 de 2020, prestando servicios asociados a su operación que satisfagan ampliamente las expectativas de los usuarios del Hospital de Bosa, de la Secretaria Distrital de Salud – FFDS Bogotá D.C, y trabajando día a día en el mejoramiento continuo de nuestros procesos, para generar valor agregado a nuestros accionistas y el grupo de interés.

Estructura y composición accionaria

La Sociedad Promotora Hospital de Bosa S.A.S., surge del resultado del esfuerzo y experiencia de una sociedad compuesta por dos empresas de gran trayectoria, cuya participación accionaria es la siguiente:

0%
Incot
0%
Grupo Ortíz

Gobierno corporativo

Los órganos de administración, su composición y procedimiento de votación. Tanto el Representante Legal principal como sus suplentes, serán ratificados o elegidos por la Junta Directiva de la Sociedad cada año.

Asamblea general de accionistas

Se compone de los accionistas inscritos en el Libro de Registro de Acciones o de sus representantes o mandatarios reunidos conforme a las prescripciones de los Estatutos y de la Ley. La Asamblea General de Accionistas, tendrá las facultades señaladas en los Estatutos Sociales y en la Ley y sus respectivas modificaciones; y será el máximo órgano de administración y decisión de la Sociedad, tanto para la dirección y ejecución del Contrato y cualquier obligación o derecho que implique la ejecución del Proyecto. La Asamblea General de Accionistas podrá deliberar siempre y cuando esté presente el cien por cien (100%) de las acciones con derecho a voto, y podrán adoptar cualquier decisión con el voto favorable de más del cincuenta por ciento (50%) de las acciones con derecho a voto presentes en la reunión, salvo las decisiones que deben ser tomadas por mayoría cualificada (75%) o por unanimidad (100%) conforme a los Estatutos Sociales.

Junta directiva

Compuesta por siete (7) miembros, de los cuales el 2 de ellos, que representan el 25%, de la Junta, son miembros Independientes, designados por unanimidad por la Asamblea General de Accionistas. La Junta Directiva de la Sociedad Concesionaria podrá deliberar y decidir con el voto favorable de cinco (5) de sus miembros. Salvo en aquellas decisiones que deban ser tomadas por la mayoría simple de la Junta Directiva, o por unanimidad de la Junta Directiva conforme a los Estatutos.

Gerente general y representante legal

La sociedad Promotora Hospital de Bosa, tendrá un Gerente General, que será además Representante Legal, de acuerdo con las competencias establecidas en los estatutos, teniendo a su cargo la administración y gestión de los negocios sociales con sujeción a la ley, a los estatutos, a los reglamentos y decisiones de la Asamblea General de Accionistas y de la Junta Directiva. EI Gerente General tendrá dos (2) suplentes, quienes tendrán las mismas facultades y limitaciones que el principal.